- CONCEPTO: proceso por el cual estudiantes que, admitidos y matriculados en un programa de doctorado, han disfrutado de una baja temporal por motivos personales de estos estudios durante un año o dos (con autorización previa) y solicitan poder continuarlos el mismo curso de finalización de la baja o, como máximo, el curso inmediatamente siguiente a la finalización de la baja. De forma transitoria para el curso 2024-25, también pueden solicitar retomar estudios aquellos doctorandos/as que no se hayan matriculado un único curso académico y quieren reincorporarse al mismo programa el curso inmediatamente siguiente.
Trámites para solicitarlo | |
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Quién: | La persona interesada o persona autorizada, previa identificación. |
Dónde: | En el Registro General de la Universitat Rovira i Virgili o en cualquiera de sus registros auxiliares, dirigida a la secretaría del departamento del coordinador/a del programa de doctorado. En ciertos casos, también podrá presentarse a través de los trámites en línea de la Intranet de la URV (registro de otros trámites administrativos). |
Cuándo: |
La solicitud debe presentarse dentro de los tres meses anteriores a la finalización de la baja temporal por motivos personales. Existen dos plazos de solicitud:
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Cómo: |
Presentando la solicitud devidamente cumplimentada y dirigida al coordinador o coordinadora de los estudios de doctorado correspodientes. La solicitud debe incluir el plan de investigación actualizado y debe contar con el vistobueno (firma) del director o directora de tesis. |
Coste: | La solicitud de este trámite no tiene ningún coste. |
Observaciones: |
La Escuela de Doctorado (ED) revisa el expediente e informa a la comisión académica del programa de doctorado, entregándole la solicitud y documentación presentadas por el solicitante. De forma transitoria para el curso 2024-25, en caso de que durante un curso académico un doctorando o doctoranda no haya formalizado la matrícula, puede solicitar retomar los estudios en el curso inmediatamente siguiente. Si la comisión académica del programa de doctorado lo autoriza, una vez que el doctorando o doctoranda se haya matriculado, la Secretaría de Gestión Académica de su Campus (SGAC) tiene que rellenar ese curso como baja voluntaria por no haber formalizado la matrícula. Este tipo de baja interrumpe, también, el cómputo de tiempo para la realización de la tesis. La suma del periodo de baja voluntaria por motivos personales y de la baja voluntaria por no haber formalizado la matrícula en ningún caso puede superar los dos años, teniendo en cuenta, además, los requisitos exigibles en cada caso para su aplicación. |
Resolución de la solicitud | |
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Quién: | La comisión académica del programa de doctorado. |
Cuándo: |
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Cómo: |
La comisión académica tendrá en cuenta lo expuesto por la persona interesada y los elementos que considere oportunos. En función de esto, tendrá que tomar el acuerdo de aceptación o no de la continuación de los estudios. Al mismo tiempo, ratificará o no el Plan de investigación/proyecto de tesis inicial, así como el/la director/a de tesis. La comisión académica informa a la ED entregando el original de la resolución. La ED actualiza los datos en el sistema y envía copia de la resolución correspondiente, mediante correo electrónico, a la persona interesada, al tutor/a y/o director/a de la tesis doctoral y a la coordinación académica. La ED envía el documento a la Secretaría de Gestión Académica de Campus/Centro para que lo archive en el expediente del estudiante y le matricule en las fechas previstas. |
Efectos económicos: |
listado para contactar con la Secretaría de Gestión Académica de vuestro Campus): La Secretaría de Gestión Académica de Campus/Centro formalizará la matrícula en las fechas establecidas y enviará el recibo al estudiante, que deberá abonarlo (consultad el
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