Trámites administrativos
Duración mínima del doctorado
La duración mínima del doctorado es de dos años. Por tanto, para poder iniciar los trámites para el depósito de la tesis, el estudiante debe estar matriculado, como mínimo, dos cursos académicos y tener, como mínimo, dos evaluaciones favorables.
Excepcionalmente, en caso de estudiantes de doctorado adaptados de anteriores ordenaciones, estudiantes procedentes de otros programas regulados por el Real decreto 99/2011 o estudiantes con convenio de cotutela firmado, el vicerrector o vicerrectora puede autorizar que se consideren también las matrículas anteriores y que se requiera sólo una evaluación favorable del documento de actividades y del documento de plan de investigación y plan de formación personal. En el caso de cumplir alguno de estos tres requisitos, el estudiante puede solicitar la reducción de la duración mínima de los estudios de doctorado.
Duración máxima del doctorado
A. Estudiantes que iniciaron un programa de doctorado hasta el curso 2022-23 (incluido)
La duración máxima de los estudios de doctorado es de tres años a tiempo completo o de cinco años a tiempo parcial (previa autorización de la comisión académica), a contar desde la fecha de la primera matrícula en el programa de doctorado y hasta fecha de presentación de la solicitud del depósito de la tesis doctoral.
A tiempo completo, se puede solicitar una prórroga de un año. A tiempo parcial, se puede solicitar una prórroga de dos años de duración.
Dedicación – Estudiantes que iniciaron el doctorado hasta el curso 2022-23 (incluido) |
Duración | Prórroga |
Prórroga adicional |
Tiempo completo | 3 años * | + 1 año | + 1 año |
Teimpo parcial | 5 años * | + 2 años | + 1 año |
* Desde la fecha de la primera matrícula en el programa de doctorado y hasta la fecha de presentación de la solicitud del depósito de la tesis.
IMPORTANTE: Transcurrido el plazo de permanencia sin que se haya presentado la solicitud del depósito de la tesis, el estudiante de doctorado causará baja definitiva del programa.
B. Estudiantes que han iniciado un programa de doctorado a partir del curso 2023-24 (incluido)
B1) Duración máxima en el caso general
La duración máxima de los estudios de doctorado es de cuatro años a tiempo completo o de siete años a tiempo parcial (previa autorización de la comisión académica), a contar desde la fecha de la primera matrícula en el programa de doctorado y hasta fecha de presentación de la solicitud del depósito de la tesis doctoral.
En ambas modalidades de dedicación, puede solicitarse una prórroga de un año.
Dedicación - caso general de estudiantes que han iniciado el doctorado a partir del curso 2023-24 (incluido) | Duración | Prórroga |
Tiempo completo | 4 años* | + 1 año |
Tiempo parcial | 7 años* | + 1 año |
* Desde la fecha de la primera matrícula en el programa de doctorado y hasta la fecha de presentación de la solicitud del depósito de la tesis.
IMPORTANTE: Transcurrido el plazo de permanencia sin que se haya presentado la solicitud del depósito de la tesis, el estudiante de doctorado causará baja definitiva del programa.
B2) Duración máxima en caso de personas con un grado de discapacidad del 33% o superior
En el caso de personas con un grado de discapacidad del 33% o superior, la duración máxima de los estudios de doctorado es de seis años a tiempo completo o de nueve años a tiempo parcial (previa autorización de la comisión académica), a contar desde la fecha de la primera matrícula en el programa de doctorado y hasta la fecha de presentación del depósito de la tesis doctoral.
En ambas modalidades de dedicación, puede solicitarse una prórroga de un año.
Dedicación - personas con un grado de discapacidad del 33% o superior que han iniciado el doctorado a partir del curso 2023-24 (incluido) | Duración | Prórroga |
Tiempo completo | 6 años* | + 1 año |
Tiempo parcial | 9 años* | + 1 año |
* Desde la fecha de la primera matrícula en el programa de doctorado y hasta la fecha de presentación de la solicitud del depósito de la tesis.
IMPORTANTE: Transcurrido el plazo de permanencia sin que se haya presentado la solicitud del depósito de la tesis, el estudiante de doctorado causará baja definitiva del programa.
Baja definitiva en el programa de doctorado
Son causas de baja definitiva en el programa de doctorado las que se exponen a continuación:
- No formalizar la matrícula un curso académico.
- No haber presentado el plan de investigación ni el documento de actividades del doctorando o doctoranda en el plazo fijado, o bien haber sido evaluado negativamente o como "no presentado" después de la segunda convocatoria de evaluación. En el caso de estudiantes de nuevo acceso, a partir del curso 2023-24 deben presentar en la evaluación anual un documento que incluya el plan de investigación y el plan de formación personal, además de las actividades formativas que hayan cursado.
- La superación de los plazos de la duración de los estudios, así como de las prórrogas, en su caso, sin haber solicitado el depósito de la tesis doctoral.
- No superar los complementos de formación en el primer curso.
La baja definitiva supone:
- No poder continuar en el programa de doctorado matriculado.
- El cierre del expediente del estudiante.
Sin embargo, posteriormente, la persona interesada puede solicitar el acceso y admisión a otro programa de doctorado.
Trámites relacionados con la duración de los estudios:
Cambio de dedicación de Tiempo Completo (TC) a Tiempo Parcial (TP) o al revés
La dedicación a los estudios de doctorado puede ser a tiempo completo o a tiempo parcial.
Las personas que se preinscriben por primera vez en estudios de doctorado pueden tramitar su solicitud de tiempo parcial en el formulario de preinscripción. Si la comisión académica resuelve la admisión con dedicación a tiempo parcial, la persona candidata tendrá que escoger este tipo de dedicación en el momento de formalizar la automatrícula del primer curso.
Los estudiantes de doctorado que se matriculen a partir de segundo curso pueden solicitar la dedicación a tiempo parcial siguiendo el correspondiente trámite administrativo.
Estudiantes que iniciaron los estudios de doctorado hasta el curso 2022-23 (incluido):
- Las personas que durante el período ordinario de elaboración de la tesis previo a las prórrogas se hayan matriculado, como mínimo, un curso académico con dedicación a tiempo parcial, tendrán cinco años para solicitar el depósito de la tesis doctoral, a contar desde la fecha de la primera matrícula en el programa de doctorado.
- Si el cambio de dedicación (de TC a TP) se solicita durante la primera prórroga, la prórroga será de dos años, pero no se recalculará el plazo anterior a la prórroga, que seguirá siendo de tres años.
- No se puede solicitar el cambio de dedicación (de TC a TP) durante la segunda prórroga porqué no tiene ningún efecto en el cómputo del cálculo de la permanencia.
Estudiantes que han iniciado sus estudios de doctorado a partir del curso 2023-24 (incluido):
- Las personas que durante el período ordinario de elaboración de la tesis previo a las prórrogas hayan matriculado, como mínimo, un curso académico con dedicación a tiempo parcial, tendrán siete años para solicitar el depósito de la tesis doctoral, a contar desde la fecha de la primera matrícula en el programa de doctorado. En caso de personas que hayan acreditado un grado de discapacidad mínimo del 33%, este plazo será de nueve años.
- El cambio de dedicación a tiempo parcial sólo podrá solicitarse durante el período ordinario previo a la prórroga. En caso de autorizarse, la permanencia pasará a ser de siete años. En caso de personas que han acreditado un grado de discapacidad mínimo del 33%, la permanencia en el programa pasará a ser de nueve años.
- Durante el período de prórroga no se puede solicitar el cambio de dedicación porque no tiene efectos sobre la permanencia.
Prórroga para la presentación de la solicitud de depósito de la tesis doctoral
Es el trámite que deben seguir los estudiantes de doctorado que prevén que no podrán depositar la tesis en el plazo establecido. Encontrará más información consultando el trámite administrativo correspondiente.
Estudiantes que iniciaron sus estudios de doctorado hasta el curso 2022-23 (incluido):
- A tiempo completo, pueden solicitar una prórroga de un año.
- A tiempo parcial, pueden solicitar una prórroga de dos años.
- Excepcionalmente, en ambas modalidades de dedicación, pueden solicitar una prórroga adicional de un año de duración.
Estudiantes que han iniciado los estudios de doctorado a partir del curso 2023-24 (incluido):
- Únicamente se puede solicitar una prórroga de un año.
Baja temporal por motivos personales
Es el trámite que deben seguir las personas que no pueden dedicarse a la realización de la tesis doctoral por motivos personales durante un curso académico. Previa solicitud, puede ampliarse un curso adicional. Encontrará más información consultando el trámite administrativo correspondiente.
Detiene el cómputo de la duración de los estudios.
Durante la baja, el estudiante de doctorado se podrá seguir evaluando y se tendrá en cuenta la situación para flexibilizar los criterios de evaluación. Si, a pesar de la flexibilidad, no puede presentarse a la evaluación, será calificado como "No presentado por baja temporal". En caso de que un estudiante de nuevo acceso obtenga esta calificación en la segunda convocatoria, deberá solicitar anular la matrícula y preinscribirse de nuevo.
Transitoriamente para el curso 2024-25:
- Si la solicitud se presenta antes del 1 de octubre, no se requerirá formalizar la matrícula del curso 2024-25.
- Si la solicitud se presenta después del 1 de octubre, deberá formalizarse y abonar la matrícula del curso 2024-25.
A partir del curso 2025-26, para poder introducir la baja voluntaria en el expediente, será necesario formalizar la matrícula de ese curso.
Baja temporal por: enfermedad o riesgo durante el embarazo; nacimiento, riesgo durante la lactancia, adopción, guarda con fin de adopción o acogimiento, permiso por compactación de la lactancia; violencia de género o cualquier otra situación prevista en la normativa
Es el trámite que deben seguir las personas matriculadas en un programa de doctorado que interrumpen los estudios por enfermedad, riesgo durante el embarazo, nacimiento, riesgo durante la lactancia, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, permiso por compactación de la lactancia, violencia de género o cualquier otra situación prevista en la normativa. Encontrará más información consultando la web del trámite administrativo correspondiente.
El doctorando o doctoranda que está en esta situación debe formalizar la matrícula.
La duración de la baja se suma al plazo de permanencia.
Durante la baja, el estudiante de doctorado se podrá seguir evaluando y se tendrá en cuenta la situación para flexibilizar los criterios de evaluación. Si, a pesar de la flexibilidad, no puede presentarse a la evaluación, será calificado como "No presentado por baja temporal". En caso de que un estudiante de nuevo acceso obtenga esta calificación en la segunda convocatoria, deberá solicitar anular la matrícula y preinscribirse de nuevo.
Reanudación de los estudios
En el curso 2024-25, de forma transitoria, el estudiante de doctorado que ha disfrutado de una baja temporal por motivos personales debe solicitar reanudar los estudios para reincorporarse al programa de doctorado. Encontrará más información consultando la web del trámite administrativo correspondiente.
Para el curso 2025-26, este trámite sólo se aplicará a los estudiantes a partir de tercer curso al que se hubiera autorizado la anulación de la matrícula del curso inmediatamente anterior.