Universitat Rovira i Virgili

Cotutela internacional de tesi doctoral

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¿En qué consiste?

En la cotutela internacional, el estudiante de doctorado realiza la tesis en dos universidades, con supervisión compartida, y la presenta en defensa única, obteniendo el título de doctor en ambas instituciones. Además, el título de doctor URV incluirá en el anverso la diligencia "Tesis en régimen de cotutela con la Universidad...", indicando el nombre de la otra universidad.


Para pedir una cotutela de tesis internacional, el estudiante debe ser admitido en un programa de doctorado de la URV y en un programa de doctorado de una universidad extranjera. La tesis debe depositarse en las dos universidades y debe ser aprobada por ambas universidades.


Durante el período de formación necesario para obtener el título de doctor, el estudiante de doctorado debe realizar una estancia mínima de seis meses en cada una de las universidades para llevar a cabo trabajos de investigación. Las estancias y actividades deben reflejarse en el convenio de cotutela.


En la URV, el estudiante de doctorado debe pagar las tasas de matrícula de cada curso académico. La matrícula de doctorado incluye la tutoría de tesis, las tasas administrativas y el seguro obligatorio. También incluye los complementos de formación, en caso de que deban cursarse. En caso de que los estudios que le dan acceso al doctorado sean de una universidad extranjera, también tendrá que pagar en la primera matrícula la tasa de trayectoria académica para los titulados universitarios conforme a sistemas educativos extranjeros.


Es necesario tener en cuenta la duración de los estudios de doctorado en las dos universidades, así como el sistema de seguimiento y evaluación de la tarea desarrollada por el estudiante durante el proceso de elaboración de la tesis doctoral. En la URV, el estudiante deberá superar cada curso el procedimiento de seguimiento y evaluación.


La tesis puede escribirse y defenderse en cualquiera de los idiomas de las instituciones participantes en la cotutela o bien en los idiomas habituales de la comunicación científica en su campo de conocimiento.


La tesis doctoral en régimen de cotutela también podrá optar a la mención de tesis internacional, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos para esta mención, tal como se expresa al final de esta página web.

La URV ofrece anualmente ayudas para realizar la tesis en esta modalidad. Puede visitar la web de Ayudas y premios de la Escuela de Doctorado.

Cómo se establece?

Para cada cotutela, debe realizarse un convenio específico entre las dos universidades a favor del estudiante interesado. Para iniciar la gestión, el director de tesis de la URV debe rellenar el siguiente formulario.


Todos los convenios de la Escola de Doctorat son bilingües. En el caso de utilizar el modelo de convenio de la otra universidad, también deberá hacerse y firmar la versión en catalán.


Hay que tener en cuenta que la duración de los trámites de gestión del convenio de cotutela puede ser superior a 6 meses, porque el convenio debe adaptarse a la normativa de cada una de las universidades y debe enviarse el convenio al otra universidad para las firmas.


En el convenio de cotutela, entre otros datos, debe hacerse constar:


1. El nombre y departamento del director de tesis de cada Universidad.
2. El programa de doctorado en el que se inscribirá la tesis doctoral en cada universidad.
3. La permanencia en el programa de doctorado, según la normativa de cada universidad.
4. Las estancias y actividades de investigación previstas que el doctorando llevará a cabo en cada universidad. Estos períodos de investigación se pueden fraccionar durante el tiempo de formación del estudiante de doctorado.
5. La universidad en la que se defenderá la tesis.
6. La composición del tribunal, según la normativa de la Universidad en la que se defenderá la tesis.
7. La lengua de redacción de la tesis.
8. La lengua de defensa de la tesis.

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En caso de que existan normativas de rango superior a la URV que regulen las cotutelas, los convenios podrían quedar afectados por éstas.

Documentación asociada

RD 99/2011

RD 576/2023

NAM de doctorat URV

Mención de doctorado internacional conjuntamente con mención de cotutela internacional

Estas menciones son aplicables a los títulos de doctor o doctora de tesis defendidas y matriculadas en programas de doctorado regulados por el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, modificado por el Real Decreto 576/2023, de 18 de julio, cuando concurran los siguientes hechos :

Para los estudiantes que empezaron los estudios hasta el curso 2022-23 (incluido)

Independientemente de la mención en cotutela internacional, el título de Doctor o Doctora podrá incluir en su adverso la mención "Doctorado internacional" siempre que concurran las siguientes circunstancias:

  • a) Que, durante el período de formación necesario para la obtención del título de Doctor, el doctorando o doctoranda haya realizado una estancia mínima de tres meses fuera de España en una institución de Enseñanza Superior o centro de investigación de prestigio, cursando estudios o realizando trabajos de investigación. La estancia y las actividades deben ser avaladas por el Director y autorizadas por la Comisión Académica, y se incorporarán al documento de actividades del doctorando/a.
  • b) Que parte de la tesis doctoral, como mínimo el resumen y las conclusiones, se hayan redactado y presentado en una de las lenguas habituales de la comunidad científica en su campo de conocimiento, distinto a cualquiera de las lenguas oficiales de España. Esta norma no será de aplicación cuando las estancias, informes y expertos procedan de un país de habla hispana.
  • c) Que la tesis haya sido informada por un mínimo de dos expertos doctores pertenecientes a alguna institución de educación superior o instituto de investigación no española.
  • d) Que al menos un experto perteneciente a alguna institución de Educación Superior o centro de investigación no española, con el título de Doctor, y distinto al responsable de la estancia mencionada en el primer párrafo, haya formado parte del tribunal evaluador de la tesis.

Para los estudiantes que comienzan el doctorado a partir del curso 2023-24 (incluido)

El título de Doctora o Doctor podrá incluir en su anverso la mención "Doctorado internacional", junto con la mención de cotutela internacional, siempre que concurran las siguientes circunstancias:

  • a) Que, durante el período de formación necesario para la obtención del título de Doctora o Doctor, la doctoranda o doctorando haya realizado una o varias estancias durante al menos tres meses de duración fuera de España en una o varias instituciones de enseñanza superior o centros de investigación de prestigio a fin de complementar y reforzar su formación investigadora. En caso de realizar varias estancias, al menos una tendrá una duración mínima de un mes. Las estancias y actividades deben ser avaladas por la directora o el director y autorizadas por la Comisión académica y, una vez realizadas y validadas por la entidad de acogida, se incorporarán al documento de actividades de la doctoranda o el doctorando. Esta estancia no podrá realizarse en ninguna de las instituciones participantes en el convenio de cotutela internacional firmado.
  • b) Que parte de la tesis doctoral, al menos el resumen y las conclusiones, se hayan redactado y defendido en una de las lenguas habituales para la comunicación científica en su ámbito de estudio, distinta a cualquiera de las lenguas oficiales en España . Esta norma no será de aplicación cuando las estancias, informes y expertos procedan de un país de habla hispana.
  • c) Que al menos dos de las personas expertas que han elaborado un informe de la tesis antes de su depósito pertenezcan a alguna institución de educación superior o instituto de investigación no español. Estas personas expertas no pueden coincidir con las investigadoras o investigadores que recibieron la doctoranda o el doctorando y realizaron tareas de tutoría o dirección de trabajos en la entidad de acogida.
  • d) Que al menos una persona experta perteneciente a alguna institución de educación superior o centro de investigación no español, con el título de Doctora o Doctor, y distinta a la persona responsable de la estancia mencionada en el párrafo a), haya formado parte del tribunal evaluador de la tesis.